El “Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación” del 5 de octubre de 2017” prevé un cupo máximo para exportar a los Estados Unidos de América (EUA), azúcar originaria de México que derive de la caña de azúcar o de remolacha.
Pues bien, este acuerdo dispone (punto 13) una fórmula para determinar el monto del cupo total de cada ciclo azucarero, en toneladas métricas valor crudo.
Dicho monto se calcula en julio de cada año, tiene ajustes ordinarios en los meses de septiembre, diciembre y marzo de cada ciclo azucarero, y se da a conocer por las Direcciones Generales de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, y de Industrias Ligeras de la Secretaría de Economía (SE), mediante avisos publicados en el DOF.
En apego a ello, la SE ya difundió que el monto del cupo total al mes de septiembre de 2021, para exportar a los EUA azúcar originaria México, que derive de la caña de azúcar o de remolacha, durante el periodo comprendido entre el 1o. de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022, es de 688,308.316, toneladas métricas valor crudo.
Este puede consultarse en el aviso publicado por la SE en el DOF del 20 de octubre de 2021.