La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 25 de octubre de 2021 el “Aviso de la primera Solicitud de Revisión del Panel”, presentada ante el Secretariado responsable-Sección Estadounidense del Secretariado del T-MEC, el 8 de octubre de 2021, por Deacero S.A.P.I. de C.V. y Deacero USA, Inc., relativa a los Resultados Finales de la Revisión Administrativa del Departamento de Comercio de los Estados Unidos de América (EUA) sobre la imposición de derechos antidumping a la barra de acero para refuerzo de hormigón (varilla) procedente de México y Determinación Final de No. Embarques 2018-2019, emitida en la publicación oficial de los EUA el 9 de septiembre de 2021 (86 Fed. Reg. 50,527).
El secretariado responsable asignó a esta primera solicitud de revisión del panel el número de expediente USA-MEX-2021-10.12-02.
En el aviso se informa que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 40 (1) (c) de las Reglas de Procedimiento para el Artículo 10.12 del Capítulo 10 del T-MEC:
- una parte o persona interesada puede impugnar la resolución definitiva en su totalidad o en parte presentando una reclamación (regla 44) a más tardar 30 días después de la presentación de la primera solicitud de revisión del panel
- una parte, una autoridad investigadora u otra persona interesada que no presente una reclamación, pero quien tiene la intención de participar en la revisión del panel debe presentar un aviso de comparecencia (regla 45) a más tardar 45 días después de la presentación de la primera solicitud de revisión del panel, y
- la revisión del panel se limitará a las afirmaciones de error de hecho o de derecho, incluidas las impugnaciones a la jurisdicción de la autoridad investigadora, que se exponen en las reclamaciones presentadas en la revisión del panel y en el procedimiento y defensas sustantivas planteadas en la revisión del panel