Suele haber personas que, a su regreso del extranjero, ya sea por vacaciones o negocios traen consigo productos, que les son retenidos en la aduana, ya sea porque están prohibidos o restringidos para su ingreso al país, y no lo sabían.
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Estos bienes, pueden ser estupefacientes, peces vivos “depredadores”; ropa y calzado usados que no parte del equipaje personal; armas y municiones; carne de ave; productos hechos con material de origen vegetal o animal; cigarros electrónicos, e incluso camas de las mascotas; ejemplares de flora o fauna silvestre; objetos de madera, etc.
De ahí que previo al viaje, o antes de adquirir cualquier producto en el extranjero se recomienda solicitar información sobre los productos que forman parte del equipaje de pasajero, y sobre todo de aquellos con restricciones para su ingreso a territorio nacional, o que están prohibidos, para evitar infracciones, sanciones y la pérdida de la mercancía.
Esto puede consultar en el portal de la línea aérea en la que se viajará, o de las dependencias competentes, según la naturaleza del producto, tales como la Semarnat, Sedena, Sagarpa, según se trate; en la aduana, o en su caso, con algún agente aduanal o agencia aduanal.
Sin embargo, si desea profundizar sobre el tema en la edición digital 509 de fecha 15 de mayo de 2022, podrá consultar una guía de los principales aspectos a tomar en cuenta por los pasajeros, tanto para salir de territorio nacional como para retornar.