Aviso de operaciones por mensajería y paquetería con procedimiento simplificado

ANAM hace precisiones para cumplir cabalmente con esa obligación que tienen tales empresas

Las empresas de mensajería y paquetería con registro para realizar operaciones utilizando el procedimiento simplificado previsto en la regla 3.7.5. de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) 2022, deben exhibir a la autoridad un aviso cuando utilicen los procedimientos simplificados para un mismo consignatario o destinatario, o se señale un mismo domicilio de entrega en más de tres operaciones de importación de mercancías, en un mes de calendario, esto de conformidad con la regla 3.7.4., de las RGCE 2022.

Sobre esta obligación, la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) aclara que esas empresas deben presentar el aviso a la Dirección General de Investigación Aduanera –DGIA– (antes Administración Central de Investigación Aduanera –ACIA– de la extinta Administración General de Aduanas).

Asimismo, detalla los medios electrónicos de presentación de los avisos referidos, así como las especificaciones técnicas que deberán observar.

El boletín donde se precisa lo anterior se puede consultarse aquí.