Importación de frijol de origen argentino, sin permiso previo

Economía dio a conocer cupo para importar frijol al amparo del Acuerdo de Complementación Económica No. 6

Las personas físicas y morales establecidas en México podrán importar frijol negro, excepto para siembra, sin permiso previo de importación, esto, a través de un cupo de importación que asignará la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la Secretaría de Economía (SE), mediante el mecanismo de asignación directa.

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Los interesados en el cupo deberán presentar el trámite de “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM) en su portal.

Una vez obtenido el oficio de asignación directa, el beneficiario tendrá que solicitar la expedición del certificado de cupo en la VUCEM. La SE emitirá el certificado de cupo al día hábil siguiente al de su petición.

Todo ello de conformidad con el “Acuerdo por el que se da a conocer el cupo para importar frijol al amparo del Acuerdo de Complementación Económica No. 6 originario de la República Argentina”, difundido por la SE en el DOF del 6 de junio de 2022. Este Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el DOF y concluirá su vigencia el 30 de noviembre de 2024.

El citado frijol tiene preferencia arancelaria porcentual del 100 % (Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Decimoquinto Protocolo Adicional al ACE-6, DOF del 13 de abril de 2022).