IMMEX cancelados a incumplidos, ¡conforme a Decreto!

SE publicó la lista de las empresas a las que les canceló el programa IMMEX por no declarar operaciones del 2021

En atención al artículo 25 del Decreto IMMEX, las empresas con programa IMMEX están obligadas a presentar un reporte anual de forma electrónica (por la VUCEM) a la Secretaría de Economía (SE), respecto del total de las ventas y de las exportaciones del ejercicio fiscal inmediato anterior, a más tardar el último día hábil del mes de mayo del año que corresponda; y de no cumplir les es suspendido el beneficio de importar temporalmente las mercancías autorizadas en el programa, en tanto no se subsane la omisión.

No obstante, estas empresas cuentan con una segunda oportunidad para acatar esa observancia, esto es, tienen hasta último día hábil del mes de agosto para exhibir el reporte anual, y de no aprovecharla, a partir del 1o. de septiembre la SE les cancela definitivamente el IMMEX.

Para las operaciones IMMEX de 2021 no fue la excepción y los titulares debieron haber reportado en tiempo y forma (a más tardar el 31 de mayo o en su caso, el 31 de agosto de 2022) el citado reporte, y de no haber sido así, simplemente desde el pasado 1o. de septiembre de 2022 ya no pueden realizar operaciones IMMEX por tener cancelado el programa.

Para conocer los datos de los contribuyentes a los que se les canceló el programa IMMEX por: haber omitido el reporte anual de operaciones de comercio exterior de 2021, e incluso por no tener el domicilio fiscal y aquellos en los que realicen sus operaciones al amparo del programa, inscritos y activos en el RFC, y como consecuencia, por falta del reporte, se recomienda revisar el “Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación cancelados”, publicado en el DOF del 30 de septiembre de 2022.