Recientemente iniciamos operaciones como pequeña comercializadora de artículos de iluminación y estamos interesados en adquirirlos "al mayoreo" en una de las plataformas de internet, esto debido a que se ofrecen al mercado a un precio atractivo y su entrega es rápida. Al tenerse conocimiento de que no hay un contacto directo con el proveedor, solo seleccionaríamos los productos, los pagaríamos vía transferencia electrónica y serían entregados por mensajería o paquetería en nuestro domicilio localizado en Villahermosa Tabasco, queremos saber si esas compras se podrían considerar de importación; y por otra parte, si podríamos bajar de la misma las facturas de las adquisiciones que vayamos realizando, o si bastaría con la orden de envío que nos entregarían dentro de los paquetes
Para efectos prácticos se entiende por compras de importación aquellas que el contribuyente (personas físicas o morales) llevan a cabo en el extranjero e introducen a territorio nacional observando las formalidades del despacho aduanero y demás aplicables al régimen al que se destinan de conformidad con la Ley Aduanera –LA–; por lo tanto, las que se hagan por este medio no pueden recibir el tratamiento de una compra de importación para el adquirente, toda vez que les serán entregadas en el país.
Sobre los comprobantes para acreditar la adquisición de la mercancía de procedencia extranjera por la plataforma electrónica, no bastaría tener la citada orden de envío pues se debe contar con la factura comercial correspondiente expedida por el proveedor de la misma.
De este señalamiento podemos comentar que en las plataformas es factible obtener una factura digital en línea, en donde se capturan los datos del contribuyente “comprador”, y se descarga e imprime el documento.
No obstante, previo a la operación comercial se recomienda revisar en la plataforma en cuestión cuáles son los términos y condiciones para la generación del comprobante de aquellos productos vendidos y enviados por un vendedor desde fuera de México, es decir que no son residentes en territorio nacional, ya que suele haber restricciones.
O bien, podría contactarse al servicio de atención a clientes de la plataforma para conocer sobre los requerimientos para la facturación de mercancías extranjeras.
Por otro lado, y ante la entrega por mensajería o paquetería se sugiere ponerse en contacto con estas, según se trate, para solicitar, en la medida de lo posible, una copia del pedimento con el cual se introdujo su mercancía al país, y conservarla con toda la demás documentación del pedido realizado en la plataforma, de la transferencia del pago, del contrato si lo hay, esto para acreditar a la autoridad cuando así lo requiera, en el ejercicio de sus facultades de comprobación, la legal tenencia y estancia de las mercancías en el país de conformidad con el artículo 146 de la LA.