La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) –órgano administrativo desconcentrado de la SHCP– tiene a su cargo, de manera exclusiva, la dirección, la organización y el funcionamiento de los servicios aduanales y de inspección, para aplicar y asegurar el cumplimiento de las normas jurídicas que regulan la entrada y salida de mercancías del territorio nacional, incluso la recaudación de los ingresos federales aduaneros, así como de aquellas que le sean expresamente instruidas por la persona titular de la SHCP.
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La ANAM cuenta con diversas unidades administrativas para el despacho de asuntos de su competencia, de las que resalta la Dirección General de Modernización Equipamiento e Infraestructura Aduanera (DGMEIA) que se encarga, entre otras funciones, de otorgar el registro de empresas transportistas para llevar a cabo el tránsito de mercancías y, en su caso, para prestar los servicios de consolidación de carga por vía terrestre, bajo el régimen aduanero de tránsito interno, previsto en la regla 4.6.11. de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).
Pues bien, las personas morales que requieran de la obtención de dicho registro –que se presenta en la oficialía de partes de la DGMEIA– deben saber que, la ANAM indicó el correo electrónico en el que se puede dar seguimiento a este trámite, y a todos los demás que se sean presentados en esta.
El correo electrónico es, buzondgmeia@anam.gob.mx, y en este también se podrán enviar dudas o comentarios de los temas de su competencia.
Ello lo dio a conocer la ANAM en su portal, en el Boletín 006/2023, visible en este enlace.