La Secretaría de Salud (SS) tiene un acuerdo que contempla una gama de trámites y servicios (gestiones, autorizaciones, expedición de certificados, visitas de verificación, etc.) que le son aplicables, y que deben llevarse a cabo por conducto de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).
Se trata del “Acuerdo por el que se dan a conocer los trámites y servicios, así como los formatos que aplica la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, inscritos en el Registro Federal de Trámites y Servicios de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, publicado en el DOF el 28 de enero de 2011”.
Cuál es el propósito del acuerdo de la Cofepris
El acuerdo tiene como finalidad dar certeza y seguridad a los particulares respecto de los trámites que deben realizar ante dicha dependencia –por conducto de tal órgano administrativo desconcentrado– mediante la adecuación de los formatos y la determinación de las formalidades necesarias para su presentación.
En ese instrumento secretarial los interesados pueden consultar, entre otra información, respecto del trámite de que se trate, entre ellos, de comercio exterior: su homoclave; el nombre de este; el formato a utilizar; si aplica afirmativa ficta o negativa ficta; el tiempo de atención; y la fundamentación jurídica.
Próximos ajustes
Desde su publicación inicial, este acuerdo ha sido objeto de múltiples modificaciones para incorporar y mantener actualizada la información de cada trámite, tales como la difundida en el DOF del 19 de junio de 2023, en la cual se adecuó el Anexo I, correspondiente a las actividades sujetas a presentación de aviso de funcionamiento o que requieren licencia sanitaria.
Este acuerdo de trámites y servicios tendrá una nueva actualización con implicaciones en gestiones de comercio exterior.
Así es, derivado de la publicación del “Decreto que establece el cierre del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México Benito Juárez, para las operaciones del servicio al público de transporte aéreo que se indica”, en el que se dispone al cierre de ese aeropuerto para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga, se actualizará la información pertinente en el formato relativo a los trámites aplicables para establecer como aduana de tránsito de productos regulados por la Cofepris al Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA).
Adicionalmente se modificará la redacción de los requisitos previamente establecidos respecto de los trámites “COFEPRIS-05-014, Aviso de maquila de insumos para la salud” y “COFEPRIS-01-007-C, Solicitud de certificado para apoyo a la exportación. Modalidad C; Solicitud de certificado para exportación de conformidad de buenas prácticas”, a efecto otorgar certeza de lo que específicamente se debe de presentar anexo a la solicitud de estos trámites.
El anteproyecto de reforma a este acuerdo se encuentra en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) y lo puedes consultar en este link.
Se prevé que la reforma al acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF; y que los trámites ingresados previamente a la entrada en vigor de este acuerdo que se encuentren pendientes de resolución, se atenderán hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de su presentación.