Los importadores, por ciertas mercancías de procedencia extranjera, deben declarar en el pedimento la marca nominativa o mixta y la información relativa a la misma, esto con el objeto de identificarlas y distinguirlas de otras similares, en términos de la regla 3.1.20., de las Reglas Generales de Comercio Exterior –RGCE– 2023.
La declaración de las marcas y su información en el pedimento es aplicable:
- a quienes introduzcan mercancías bajo los regímenes aduaneros de importación definitiva, importación temporal y depósito fiscal, y
- solamente cuando se trate de aquellas clasificadas en las fracciones arancelarias contenidas en los apartados:
- A, del Sector 9 del Anexo 10 de las RGCE 2023, correspondiente a los cigarros, y
- A del Anexo 20, entre las que se encuentran las bebidas alcohólicas, medicamentos, ropa, calzado, DVD, lentes, gorras, etc.
Y qué información debe declararse en el pedimento
Concretamente, para las importaciones de las mercancías referidas se declara el nombre de la marca al agente aduanal o agencia aduanal, según se trate, para que se considere en el pedimento conforme a lo que establezca el Anexo 22, de las RGCE 2023.
Además, se especifica:
- si el importador es el titular de los derechos marcarios y se encuentra registrada en el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI); o si cuenta con la licencia, convenio o autorización para el uso y distribución de la marca
- cuando la mercancía no ostente ninguna marca (nominativa, innominada, tridimensional o mixta); o bien, si la ostenta, sin registro otorgado por el IMPI
- cuando el importador no sea el titular, ni tenga autorización de la marca (nominativa, innominada, tridimensional o mixta), aun y cuando esta se encuentre registrada ante el IMPI, siempre y cuando no se contravenga alguna disposición legal en materia de propiedad industrial, o
- cuando el registro de la marca (nominativa, innominada, tridimensional o mixta) ante el IMPI esté en trámite o pendiente de resolución
En la revista digital número 542 del 15 de octubre de 2023 se puede consultar la retención de mercancías que la autoridad aduanera lleva a cabo cuando existe una resolución de suspensión de libre circulación, esto como una medida para combatir el problema de la piratería y falsificación de las mercancías que ostentan marcas registradas.