Las infracciones aduaneras son un tópico que los involucrados en las operaciones de comercio exterior no deben pasar por desapercibido, toda vez que incurrir en estas, puede traerles consecuencias como el pago de multas, según la gravedad del caso; esto cuando las autoridades competentes lo descubran, en el ejercicio de sus facultades de comprobación.
Si bien es cierto que es importante que los involucrados en las operaciones de comercio exterior observen en tiempo y forma las disposiciones aplicables en esta materia, según se trate; cabría preguntar, cuáles son algunos casos por las que se podría sancionar con multa al infractor, y por cuál monto.
Infracciones relevantes
Ello podría ser a quienes:
- excedan los plazos de retorno de las mercancías de importación, si el retorno es espontáneo, la multa aplicable es de $ 2,670.00 a $ 4,030.00, por cada periodo de 15 días o fracción que transcurra desde el vencimiento y hasta el retorno. No excederá del valor de la mercancía
- transmitan datos inexactos o falsos, referentes al valor de las mercancías o los demás datos relativos a su comercialización; incluso información incompleta o con datos inexactos, en cuanto a la descripción de la mercancía e identificación individual, la sanción económica es de $ 29,420.00 a $ 49,050.00
- transmitan o presenten:
- informes o documentos con datos inexactos o falsos u omitiendo alguno, multa de $ 2,330.00 a $ 3,310.00, o
- el pedimento de la mercancía que importen, omitiendo el nombre, denominación o razón social o la clave de identificación fiscal del proveedor o del exportador, la sanción pecuniaria es de $ 1,670.00 a $ 3,310.00, u
- omitan:
- llevar el control de inventarios, multa de $ 23,910.00 a $ 47,860.00, o
- presentar los documentos o informes requeridos por las autoridades aduaneras dentro del plazo señalado al efecto, la multa es de $ 4,790.00 a $ 7,190.00
Multas actualizadas
Las infracciones y sanciones están previstas en la Ley Aduanera (LA), y los montos actualizados de las multas se publican en el Anexo 13 “Multas y cantidades actualizadas que establece la Ley Aduanera y su Reglamento” de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE).
El Anexo 13 de las RGCE 2024 se dio a conocer en el DOF del 28 de diciembre de 2023.
En la revista digital número 547 del 15 de enero de 2024 se puede consultar las multas por infracciones aduaneras.