La Ley Aduanera (LA) establece la obligación de garantizar mediante depósitos en las cuentas aduaneras de garantía, para quienes efectúen la importación definitiva de mercancías y declaren en el pedimento un valor inferior al precio estimado que dé a conocer la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), por las contribuciones y cuotas compensatorias que correspondan a la diferencia entre el valor declarado y el precio estimado.
Ello es parte de las medidas implementadas con el objeto de combatir prácticas de subvaluación en sectores sensibles como lo son los textiles y la confección, el calzado y los vehículos.
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Resolución de precios estimados
Esos precios se dan a conocer en la “Resolución que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público”, que por lo común se adecua para adicionar, suprimir o modificarlos, esto para reflejar los cambios que se den en los precios por las condiciones del mercado.
Y precisamente uno de esos cambios fue la reciente actualización del Anexo 4 de dicha resolución que contiene los precios aplicables a determinadas mercancías de los sectores textil y confección.
Lo anterior tiene soporte en la “Resolución que modifica el Anexo 4 de la diversa que establece el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” del DOF del 17 de junio de 2024.
La resolución entrará en vigor a los 10 días hábiles siguientes al de su publicación en el DOF.
Finalmente, en esta reforma se pueden consultar los precios estimados correspondientes a la mercancía de la industria textil, por fracción arancelaria y sus números de identificación comercial (NICO).
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