En materia de protección comercial, la Secretaría de Economía (SE) está facultada para llevar a cabo investigaciones para imponer medidas de salvaguarda “temporales” a importaciones de determinados productos, cuyo incremento se haya dado en un cierto periodo, y en este se haya causado o amenace causar un daño o amenaza a la rama de producción nacional.
La investigación para determinar la procedencia de una medida de salvaguarda –que puede ser a través de aranceles, permisos previos o cupos– se realiza por la SE bajo el procedimiento a administrativo que se muestra enseguida.
En la edición 565, del 15 de octubre de 2024, se podrá consultar un análisis sobre las medidas de salvaguarda.