De qué países son originarias las láminas de importación por las que se inició el procedimiento administrativo



Se recordará que el 30 de septiembre de 2024 la Secretaría de Economía (SE) dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación diversas cuotas compensatorias definitivas que se eliminarían –a partir de la fecha de vencimiento señalado en el mismo para cada uno de los productos indicados–, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen de vigencia (Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias).

En ese aviso se contemplaban entre otras mercancías, a la lámina rolada en caliente originaria de Rusia y Ucrania, y señalaba como último día de vigencia de la cuota compensatoria el 28 de marzo de 2025, y como fecha límite para recibir la manifestación de interés correspondiente, el 20 de febrero de 2025.

Solicitud de examen de vigencia de cuotas compensatorias

Dos productores nacionales del ramo manifestaron a la SE en tiempo y forma su interés en que se iniciara el examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en caliente originarias de Rusia y Ucrania, por lo que, al actualizarse los supuestos previstos en la legislación de la materia, se procedió a iniciarlo.

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Resolución de inicio de examen de vigencia de lámina rolada

Lo anterior, fue dado a conocer por la SE en la “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de lámina rolada en caliente originarias de la Federación de Rusia y Ucrania, independientemente del país de procedencia”, en el DOF del 28 de marzo de 2025.

En esta resolución la SE:

  • declaró el inicio del citado procedimiento de examen de vigencia de las cuotas compensatorias impuestas a las importaciones de tal producto, que ingresa a territorio nacional a través de las fracciones arancelarias 7208.10.03, 7208.26.01, 7208.27.01, 7208.38.01, 7208.39.01, 7225.30.91 y 7225.40.91, o por cualquier otra

  • fijó como periodos de examen y de análisis los comprendidos del 1o. de enero al 31 de diciembre de 2024, y del 1o.  de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2024, respectivamente, y

  • determinó que las cuotas compensatorias definitivas de 21 % y 25 % para las importaciones provenientes de Rusia y Ucrania, respectivamente continuarán vigentes mientras se tramita este procedimiento

La cuota compensatoria de 21 % también continuará vigente para las importaciones de lámina rolada en caliente con un contenido de boro, igual o superior a 0.0008 %, de ancho igual o superior a 600 milímetros (mm) y de espesor inferior a 4.75 mm, independientemente del largo, originarias de Rusia, que ingresan por las fracciones arancelarias 7225.30.04, 7225.30.05, 7225.40.03 y 7225.40.04

La resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF.

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