SAT cambiará formatos y trámites clave de comercio
exterior

SAT cambiará formatos y trámites clave de comercio
exterior

Publican en el portal del SAT la primera versión anticipada de la primera reforma a los Anexos 1 y 2 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025, conozca los detalles
Los Anexos 1, “Formatos y modelos de comercio exterior”, y 2 “Trámites de comercio exterior” aplicables a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 (RGCE 2025) que se dieron a conocer 17 y 9 de enero de este año, respectivamente, en el Diario Oficial de la Federación, próximamente serán actualizados.
Se conoce lo anterior porque el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recientemente publicó en su portal la primera versión anticipada de la Primera Resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2025 (RGCE 2025) y Anexos 1 y 2.
Este anexo contiene los formatos y modelos auxiliares utilizados por los usuarios de comercio exterior, y de este se actualizará el formato A6, Autorización de inscripción para el padrón de exportadores sectorial (regla 1.3.7.).
Y de este, que integra entre otras, las promociones, solicitudes o avisos y demás trámites de comercio exterior que se presentan ante la autoridad aduanera para 2025, se ajustarán diversas fichas de trámite de las que resaltan las relativas a las:
solicitudes de:
consultas en materia aduanera y de comercio exterior; y de clasificación arancelaria y NICO
inscripciones en los padrones de importación (general y de sectores específicos) y de exportación sectorial
registros del despacho de mercancías de las empresas; y del esquema de certificación de empresas
destrucción de los restos de las mercancías importadas temporalmente, en depósito fiscal o en tránsito, que hayan sufrido un accidente en el territorio nacional; inclusive para considerarlos destruidos o retornados
prórroga del plazo de exportación temporal de mercancías en el extranjero
corrección de la situación fiscal por la omisión de pago de contribuciones o aprovechamientos al comercio exterior
avisos:
de destrucción de desperdicios IMMEX
mensuales sobre importación y venta de vehículos usados; y de transferencias para realizar operaciones de submaquila
de importación temporal de mercancías que realicen los residentes en el extranjero
de rectificación de pedimentos derivado de la adopción de un acuerdo conclusivo
de retorno de las mercancías importadas temporalmente por empresas con IMMEX cancelado
sobre cuentas registradas de actividades vulnerables
para importar en diversos momentos mercancías desmontadas o sin montar
autorizaciones para:
operar cuentas aduaneras o cuentas aduaneras de garantía
importar en definitiva sin el pago de impuestos al comercio exterior, vehículos especiales o adaptados de manera permanente a las necesidades de las personas con discapacidad, inclusive de mercancías que permitan suplir o disminuir alguna discapacidad,e
importar temporalmente mercancías sensibles de los Anexos II del Decreto IMMEX o 28 de las RGCE
La resolución entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Finalmente, por lo que se refiere a las disposiciones dadas a conocer de manera anticipada en el portal del SAT, su contenido surtirá sus efectos en términos de la regla 1.1.2. de las RGCE 2025.