Sosa cáustica de EE. UU.: cuota compensatoria sigue firme

La Secretaría de Economía inició el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria de dicha mercancía
El 14 de febrero de 2025, la Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Aviso sobre la vigencia de cuota compensatoria” en el que comunicó que la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de sosa cáustica líquida, originaria de los Estados Unidos de América (EUA) se eliminaría a partir de la fecha de vencimiento señalada, salvo que un productor nacional manifestara por escrito su interés en que se iniciara un procedimiento de examen de vigencia.
En este aviso se señaló como último día de vigencia el 12 de julio de 2025, y como fecha límite para recibir la manifestación de interés correspondiente, el 9 de junio de 2025.
El 29 de mayo de 2025 se difundió en el DOF una resolución final del procedimiento de revisión de esa cuota compensatoria, mediante la cual no solo se modificó esta, sino también su esquema de aplicación, y se determinó imponer una cuota compensatoria específica de 195 dólares por tonelada métrica a las importaciones de dicho producto, originario de EUA.
El 21 de mayo de este año, unos productores nacionales de tal producto manifestaron su interés en que la SE iniciara el examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a esas importaciones; y propusieron como periodo de examen el comprendido del 1o. de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025.
Al haberse realizado en tiempo y forma dicho interés la SE, procedió a iniciarlo.
La “Resolución por la que se declara el inicio del procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria impuesta a las importaciones de sosa cáustica líquida originarias de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia” se dio a conocer en el DOF del 11 de julio de 2025.
En esta resolución la SE fijó como periodos de examen y análisis los comprendidos del 1o. de abril de 2024 al 31 de marzo de 2025, y del 1o. de abril de 2020 al 31 de marzo de 2025, respectivamente.
Y determinó que mientras se tramita este procedimiento de examen de vigencia continuará vigente la cuota compensatoria definitiva de 195 dólares por tonelada métrica.
La resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.