Ya disponible el formato electrónico de Manifestación de
valor

Importadores ya tendrán que transmitir la manifestación de valor por la VUCEM, revisa a partir de cuánd
Como se sabe, es un deber de los importadores entregar a la agencia aduanal o al agente aduanal que promueva el despacho de las mercancías y proporcionar a las autoridades aduaneras una manifestación, bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías.
Y que, esa manifestación se está presentando en papel, esto mientras se da a conocer el formato E2 “Manifestación de Valor”, del Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025, con la información y documentación que deberá transmitirse obligatoriamente a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM), a los 90 días posteriores a su publicación.
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Todo ello en atención al artículo 59, fracción III de la Ley Aduanera; y la regla 1.5.1. y artículo Quinto Transitorio de las RGCE 2025.
Pues bien, los importadores deben tomar en cuenta que desde el 1o. de agosto de 2025 ya se encuentra el formato de la manifestación de valor, para su transmisión en la VUCEM.
La transmisión de la manifestación de valor electrónica es a partir del 9 de diciembre de 2025.
Ello se difundió en el portal de la VUCEM, en la Hoja Informativa No, 08, Manifestación de Valor a través de la VUCEM.