Créditos de la imágen: Diseño elaborado en Canva con Foto de Moving Moment Imagen bandera de Tailandia de GTR Imagen bandera de Filipinas por Flag Imagen bandera de Indonesia por Юрій Борисов de Canva
Revisa la resolución preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping de piña en almíbar originaria de Tailandia, Filipinas e Indonesia
Quienes importen piña en almíbar tendrán que pagar cuotas
compensatorias provisionales por cuatro meses, cuando este producto sea
originario de Tailandia, Filipinas e Indonesia, con independencia del país
de procedencia; esto es, para las exportaciones originarias de:
Tailandia,
0.93 dólares por kilogramo
Filipinas,
0.94 dólares por kilogramo, e
Indonesia,
1.02 dólares por kilogramo
Esas importaciones se encuentran bajo un procedimiento
administrativo de investigación antidumping.
Esa resolución fue difundida en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) del 3 de octubre de 2025, y en esta la SE resolvió que continúa
el procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas
desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de
precios.
Además, impuso las citadas cuotas compensatorias
provisionales a las importaciones de esa mercancía –que ingresa a través de la
fracción arancelaria 2008.20.01 o por cualquier otra–, en los términos
apuntados.
Vigencia de las cuotas compensatorias
La vigencia de las cuotas compensatorias provisionales, será
de cuatro meses contados a partir del día que entre en vigor la resolución,
la cual entró en vigor el mismo 4 de octubre.