Cuotas compensatorias que perderán vigencia en 2026

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Conoce con anticipación cuáles son las mercancías por las que eliminarán las cuotas compensatorias
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Durante el próximo año vencerán diversas cuotas compensatorias que la Secretaría de Economía (SE) impuso a ciertos productos, por ingresar a territorio nacional bajo prácticas desleales al comercio internacional, y causar daño a una rama de la producción nacional de mercancías idénticas o similares.
Los productos de procedencia extranjera por los que se eliminará la cuota compensatoria, así como el compromiso de exportadores, son los siguientes:
Producto | País de origen | Último día de vigencia de 2026 | Fecha límite para recibir la manifestación de interés |
Cierres de metal | China | 6 de enero | 12 de noviembre de 2025 |
Gatos hidráulicos tipo botella | China | 6 de enero | 12 de noviembre de 2025 |
Aceite epoxidado de soya | Argentina | 12 de febrero | 6 de enero de 2026 |
Tubería de acero sin costura | China | 24 de febrero | 16 de enero de 2026 |
Productos de presfuerzo | China, España y Portugal | 26 de febrero | 20 de enero de 2026 |
Tubería de acero al carbono con costura longitudinal recta y helicoidal | Estados Unidos de América (EUA) e India | 20 de abril | 10 de marzo de 2026 |
Hongos del género agaricus | China | 17 de mayo | 6 de abril de 2026 |
Placa de acero en rollo | Rusia | 7 de junio | 29 de abril de 2026 |
Alambrón de acero | China | 28 de julio | 22 de junio de 2026 |
Ftalato de dioctilo | Corea y EUA | 1 de septiembre | 27 de julio de 2026 |
Artículos para cocinar de aluminio | China | 13 de octubre | 4 de septiembre de 2026 |
Ferrosilicomanganeso | India | 18 de octubre | 10 de septiembre de 2026 |
Recubrimientos cerámicos para muros y pisos* | China | 24 de octubre | 18 de septiembre de 2026 |
*Mediante Resolución publicada en el DOF el 24 de octubre de 2016, se aceptaron los compromisos de exportadores y se suspendió el procedimiento de investigación antidumping sobre las importaciones de este producto
Así lo dio a conocer la SE en el “Aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias” publicado en el DOF del 16 de octubre de 2025.
A través de este aviso dicha dependencia comunica a los productores nacionales y a cualquier persona que tenga interés jurídico, que están próximas a expirar las citadas cuotas compensatorias definitivas, con el propósito de que presenten una manifestación de interés de que se inicie un procedimiento de examen para determinar las consecuencias de la supresión de la cuota compensatoria que corresponda, así como del compromiso de exportadores.
En tal caso, se deberá proponer un periodo de examen de seis meses a un año comprendido en el tiempo de la vigencia de la cuota compensatoria.
La manifestación de interés se tendrá que presentar a más tardar 25 días hábiles antes del término de la vigencia que corresponda, en la oficialía de partes de la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI); o, vía electrónica a la cuenta de correo electrónico upci@economia.gob.mx.