Cambios en aranceles al azúcar y preparaciones con cacao
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Identifica cuál es el arancel ad-valorem que se pagará por la importaciones de azúcar y preparaciones con cacao
La Secretaría de Economía (SE) señaló que la agroindustria de la caña de azúcar en México enfrenta una situación de “sobre oferta de azúcar en el mercado nacional” que está poniendo en riesgo la rentabilidad y viabilidad de toda la cadena productiva, y por ello se ha decidido fortalecer a los sectores productivos frente a distorsiones del comercio internacional.
Esto es, a través del incremento de aranceles a la importación del azúcar, preparaciones alimenticias que contengan cacao y otras, para lo cual ajustó la tarifa arancelaria.
El “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 10 de noviembre de 2025, edición vespertina.
A través de este decreto, la SE modificó los aranceles específicos aplicables de 0.36, 0.338 y 0.39586 dólares por kilogramo (Dls. EUA por kg.), a 156 % y 210.44 % ad-valorem.
Específicamente, los aranceles aplicables por kg., que se pagarán a partir de esta reforma, quedaron de la siguiente manera.
Fracción arancelaria | Descripción | Arancel | |
A pagar | Anterior | ||
1701.12.05 | De remolacha | 156 % | 0.36 Dls por Kg |
1701.91.04 | Con adición de aromatizante o colorante | ||
1701.99.99 | Los demás | ||
1806.10.01 | Con un contenido de azúcar superior o igual al 90 %, en peso | ||
2106.90.05 | Jarabes aromatizados o con adición de colorantes | ||
1701.13.01 | Azúcar de caña mencionado en la Nota 2 de subpartida de este Capítulo | 156 % | 0.338 Dls EUA por Kg |
1701.14.91 | Los demás azúcares de caña | ||
1702.90.01 | Azúcar líquida refinada y azúcar invertido | 210.44 % | 0.39586 Dls EUA por Kg |
Este decreto entró en vigor el 11 de noviembre de 2025, esto es, al día siguiente de su publicación en el DOF.