Declaraciones 2025: SAT Vigila Operaciones
Créditos de la imágen: Imagen generada con Gemini pro
Importadores y exportadores deben cumplir con obligaciones fiscales y aduaneras, no hacerlo serán acreedores a la imposición de sanciones
Contribuyente, ya concluyó el primer mes de 2026; y que mejor que empezar a prever las obligaciones que deben atenderse, con el propósito de evitar infracciones; por ende, consecuencias que pueden afectar económica y operativamente a la empresa.
En primera instancia, cabe referir a las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta, que en marzo y abril presentan, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), las personas morales y físicas, respectivamente, cuya inobservancia puede dar motivo a sanciones pecuniarias; e incluso la implementación de medidas que podrían dejar inoperante a la empresa.
Por ejemplo, su omisión implica en materia fiscal, multas que oscilan entre $ 2,050.00 a $ 25,360.00, y la restricción o cancelación de los certificados para emitir comprobantes; y en comercio exterior, la baja en los padrones de importadores (ya sea general o de sectores específicos).
Sin olvidar que, si de programas de fomento a las exportaciones se trata, como es el programa IMMEX–que autoriza la Secretaría de Economía (SE)–, el solo incumplimiento de obligaciones fiscales da lugar a su cancelación.
Siguiendo con las declaraciones, los titulares del IMMEX tienen que exhibir electrónicamente el reporte anual de las operaciones de comercio exterior del ejercicio inmediato anterior –en la ventanilla digital o Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCEM)– a más tardar el último día hábil de mayo.
El propósito de este reporte es informar a la SE sobre los totales de las ventas, de las exportaciones, e importaciones, y su balanza comercial; por ende, demostrar que estos cumplieron con los compromisos de exportación, ello para seguir operando al amparo del mismo.
Por lo anterior, se hace hincapié en cumplir en tiempo y forma con las obligaciones que correspondan.
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