PVC suspensión: Emiten resolución preliminar antidumping
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Conoce la cuota compensatoria provisional que se pagará por cuatro meses por esas importaciones
La Secretaría de Economía (SE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) del 28 de abril de 2025 una resolución “de inicio” por la que aceptó investigar las importaciones de homopolímero de monómero de cloruro de vinilo (PVC), obtenido por el proceso de polimerización en suspensión –PVC suspensión–, por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, originarias de los Estados Unidos de América (EUA), independientemente del país de procedencia; ello a petición de una empresa productora.
Al efecto, la SE fijó como periodos investigado y de análisis de daño los comprendidos del 1o. de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2024, y del 1o. de octubre de 2021 al 30 de septiembre de 2024, respectivamente.
Pues bien, la SE ya resolvió preliminarmente sobre esa investigación.
Y la resolución fue que los contribuyentes tendrán que pagar una cuota compensatoria provisional –por cuatro meses– de 0.6315 dólares por kilogramo por las importaciones del PVC suspensión, originario de los EUA.
Lo anterior está sustentado en la “Resolución preliminar del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las, independientemente del país de procedencia” del DOF del 24 de marzo de 2026, misma que entró en vigor el día siguiente.
En esta resolución la SE resolvió continúar ese procedimiento administrativo de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, e imponer la citada cuota compensatoria provisional.
La vigencia de la cuota compensatoria provisional será de cuatro meses contados a partir del día en que entre en vigor esta resolución.