Aviso automático de importación: Nuevo requisito para el
aluminio
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A qué regímenes aduaneros les aplicará el cumplimiento de dicho requisito no arancelario
La Secretaría de Economía (SE) va a monitorear los productos de aluminio de procedencia extranjera que ingresen a territorio nacional bajo los regímenes aduaneros de importación –temporal y definitiva–; depósito fiscal; elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado; y recinto fiscalizado estratégico.
Ello será a través del aviso automático de importación, con el cual se obtendrá información sobre la fracción arancelaria, cantidad, valor, tipo de mercancía, y país o países de fundido y vertido.
Entre la mercancía por la que se debe acatar ese requisito está: aluminio en bruto, barras, varillas, perfiles, alambre, placas, láminas, tiras, tubos, accesorios y piezas fundidas o forjadas.
Para la implementación de esta medida no arancelaria se reformó el “Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior” –Acuerdo de Reglas y Criterios de la SE–.
Específicamente, el ajuste fue para adicionar al Acuerdo de Reglas y Criterios de la SE la regla 2.2.26 BIS; y la fracción IV al numeral 8 del Anexo 2.2.1, la cual incluye 42 fracciones arancelarias de las partidas 76.01, 76.04, 76.05, 76.06, 76.07, 76.08, 76.09 y 76.16, en las que se clasifican los productos de aluminio, por los que se observará tal requisito.
Lo anterior está soportado en el “Acuerdo que modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior” del Diario oficial de la Federación (DOF) del 2 de abril de 2026.
La reforma al Acuerdo de Reglas y Criterios de la SE entrará en vigor, hasta que el trámite para enviar la información sobre el aviso automático de importación de productos de aluminio sea liberado en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM).
Para tales efectos, la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior de la SE, publicará un aviso en el portal del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (www.snice.gob.mx).