Perfiles y barras de aluminio: Cuotas compensatorias
definitivas
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La Secretaría de Economía emitió la resolución final de investigación antidumping y aplica a importaciones temporales y definitivas de perfiles y barras de aluminio originarias de China
El 29 de diciembre de 2025, la Secretaría de Economía (SE) difundió en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una resolución en la que determinó continuar con el procedimientoadministrativo de investigación antidumping sobre las importaciones –incluidas las definitivas y temporales–, de perfiles y barras de aluminio, originarios China.
En la que les impuso una cuota compensatoria provisional de 1.55 dólares de los Estados Unidos de América (estadounidenses), por kilogramo.
Incluso, notificó y convocó a las partes interesadas –que comparecieron en el procedimiento– para presentar los argumentos y las pruebas complementarias que estimaran pertinentes.
Con base en los resultados del análisis de los argumentos y pruebas aportadas, en tiempo y forma, la SE concluyó que, durante los periodos investigado y de análisis de daño esas importaciones se realizaron en condiciones de discriminación de precios y causaron daño material a la rama de producción nacional del producto similar.
Por lo que, determinó aplicar una cuota compensatoria definitiva 1.58 dólares estadounidenses por kilogramo a las importaciones de perfiles y barras de aluminio originarias de China, independientemente del país de procedencia, incluidas las definitivas y temporales.
Lo anterior se dio a conocer en la “Resolución final del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de perfiles y barras de aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia”, del DOF del 4 de septiembre de 2026. La resolución entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.