Exportación de bienes a paraísos fiscales

Exportación de bienes a paraísos fiscales

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 .  (Foto: IDC online)

Por tener una reglamentación monetaria y fiscal más flexible y favorable que en el resto del mundo, los países considerados como paraísos fiscales siguen siendo un problema difícil de controlar por los gobiernos, por ser atractivos para los capitales extranjeros, sobre todo con fines de evasión y flujo de recursos ilícitos.

Derivado de lo anterior, se ha cuestionado si existe alguna limitante para exportar bienes a esos países, en el entendido de que los contribuyentes no cuentan con una clave de identificación fiscal (ID. Fiscal); pues bien, en principio, no existe disposición legal expresa que restringa dichas operaciones, por lo tanto, éstas podrán efectuarse a través de agente o apoderado aduanal, mediante un pedimento de exportación y cumpliendo con las disposiciones establecidas para ese régimen aduanero.

Tampoco resulta un inconveniente para la exportación el hecho de la inexistencia de la ID. Fiscal en dichos países, ya que independientemente de que para la elaboración del pedimento se solicita, entre otros requisitos, la anotación de esa clave, esta información es opcional tratándose del régimen de exportación definitiva, de acuerdo con el instructivo de llenado del pedimento de exportación, contemplado en el Anexo I, Declaraciones, Avisos y Formatos, Datos del proveedor/comprador, de las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior aplicables para 2004.