Integrantes de la Cámara de Diputados aprobaron una reforma que modifica diversas disposiciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor con la finalidad de reforzar las facultades de la Profeco.
LEE: PROFECO PREVENDRÁ ALZAS DE PRECIOS EN ZONAS AFECTADAS POR SISMOS
Entre las modificaciones a la Ley propuestas por los diputados, se establecieron:
- Obligación de los proveedores a informar sobre las restricciones aplicables en la comercialización de bienes, productos o servicios, sobre todo aquellos ofrecidos al consumidor
- Prohibición de aumento de precios con motivo de fenómenos naturales, meteorológicos o contingencias sanitarias, ni tampoco aplicar cargos sin previo consentimiento del consumidor
- Prohibición a los proveedores de incluir información o publicidad engañosa en la comercialización de un producto o servicio
- Quien ofrezca o venda productos o servicios utilizando medios electrónicos, deberá cumplir con la norma mexicana expedida por la Secretaría de Economía
- En caso de multas que imponga la Profeco, se podrán considerar como créditos fiscales y ser cubiertos a través de medios electrónicos
- Plazo de 10 días para retirar sellos de suspensión o advertencia, en caso de que sean colocados en los establecimientos como una medida precautoria
Dichas resoluciones implicaron la reestructuración de los artículo 7 y 127, adiciona los artículos 65 Quater, 65 Quater 1, 65 Quater 2, 65 Quater 3, 65 Quater 4, de la Ley; cuyo dictamen se enviará al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.