El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI) sancionó a una empresa aseguradora por proporcionar a su cliente información sobre el conductor con quien había sufrido el incidente.
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La empresa fue señalada por no cumplir con los principios de lealtad, responsabilidad y licitud; incumplir el deber de confidencialidad y por no haber acreditado que recabó el consentimiento para la transferencia de datos personales a un tercero y tendrá que pagar tres multas cuyo monto asciende a más de 2.9 millones de pesos en total.
Lo anterior derivado de que después de un percance automovilístico, la compañía aseguradora proporcionó indebidamente a su cliente el formato original de Declaración Universal de Accidente, en el que se contenían datos personales del conductor con quien había sufrido el incidente, entre ellos, su nombre, domicilio, teléfono, edad, sexo y narración de hechos.
Al percatarse de dicha circunstancia, el tercero, ajeno a la aseguradora, presentó una denuncia ante el INAI, en contra de la compañía por transferir sus datos personales, sin su consentimiento.
Una vez realizado el procedimiento de verificación, el Instituto detectó violaciones a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), por lo que resolvió iniciar el procedimiento de imposición de sanciones.