Aprueban devoluciones de compras en la misma forma de pago

La reforma a la LFPC fue enviada al Senado para sus efectos constitucionales

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 .  (Foto: Getty)

El Pleno de la Cámara de Diputados avaló la adición de un párrafo al artículo 92 de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), a fin de establecer que cuando proceda la devolución del importe de un producto, los proveedores deberán efectuarla en la misma forma de pago con la que se realizó originalmente, pudiendo ser distinta si el consumidor la acepta la opción.

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En un comunicado, explicó que es común que al comprar un producto o servicio no correspondan con lo publicitado por el proveedor, se encuentran en mal estado o simplemente no satisfacen las necesidades del consumidor, lo cual es contemplado en la LFPC; sin embargo, no se establecen los términos o condiciones para realizar el procedimiento de devolución, por lo cual algunos establecimientos niegan deliberadamente o se apegan a las políticas internas.

Incluso, algunos negocios se protegen de esta obligación colocando una leyenda en el ticket de compra en la que se menciona que “el método de devolución no afecta los derechos del consumidor”, lo cual deja en estado de vulnerable a los compradores al momento de la devolución.

“El artículo 90 de la LFPC establece que, cuando el producto adquirido no corresponda a la calidad, marca o especificaciones establecidas, el consumidor tiene derecho a que le sea repuesto el dinero pagado por él. Sin embargo, la LFPC no fija términos ni condiciones sobre cómo deberá hacerse el procedimiento de devolución”, acotó.

Ante ello, los legisladores apuntaron que la reforma es de elemental justicia, pues el proveedor debe realizar la devolución en igual forma en que se costeó y no monederos electrónicos, tarjetas de regalo o cambio de mercancía dentro de la misma empresa.

Finalmente, destacó que el dictamen fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.