¿Quieren comprar tu voto, algún patrón te ha dicho por quién debes votar o te sientes presionado por terceros al momento de acudir a la casilla electoral? Estos son algunos ejemplos de actividades ilícitas que serán sancionadas por la autoridad electoral si son denunciadas.
¿Cuándo se comete un delito electoral el 1 de julio?
1.- Cuando se recoja en cualquier tiempo, sin causa prevista por la ley, una o más credenciales para votar de los ciudadanos
2.- Mediante presión u amenaza se presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma
3.- Cuando se organice la reunión o el transporte para llevarte a votar y te digan por quién votar
4.- Si se solicita u ordena evidencia del sentido de tu voto o viole, de cualquier manera, el derecho del ciudadano a emitir su voto en secreto
5.- Si se apodere, destruye, altere, posea, use, adquiera, venda o suministre de manera ilegal, en cualquier tiempo, materiales o documentos públicos electorales
6.- Si se apodere, destruya, altere, posea, adquiera, comercialice o suministre de manera ilegal, equipos o insumos necesarios para la elaboración de credenciales para votar
7.- En caso de obstaculizar o interfiera el traslado y entrega de los paquetes y documentos públicos electorales
8.- Que sin causa justificada por la ley, abra los paquetes electorales o retire los sellos o abra los lugares donde se resguarden
9.- Quien vote sabiendo que no cumple con los requisitos de la ley, que es estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con una credencial para votar
10.- Quien sufrague más de una vez en una misma elección
11.- Los que soliciten el voto a cambio de paga u otra recompensa
12.- Serán sancionados quienes recojan o retengan credenciales para votar o la de otros ciudadanos
13.- Si se hacen pasar por un funcionario de casilla
14.- Quienes hagan proselitismo o presione a los electores en el interior de la casilla o en el lugar en el que se encuentren formados los votantes, con el fin de orientar el sentido de su voto o para que se abstenga de emitirlo
15.- Los que obstaculicen o interfieran en el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo, o el adecuado ejercicio de los funcionarios electorales; introduzca o sustraiga de las urnas ilícitamente una o más boletas electorales, o bien, introduzca boletas falsas; obtenga o solicite declaración firmada del elector acerca de su intención o el sentido de su voto;
16.- Quienes voten o pretendan votar con una credencial para votar de la que no sea titular
17.- Quienes impidan, sin causa legalmente justificada, la instalación o clausura de una casilla
18.- Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora del cierre oficial de las casillas que se encuentren en las zonas de husos horarios más occidentales del territorio nacional, publique o difunda por cualquier medio los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos
19.- Los que realicen por cualquier medio algún acto que provoque temor o intimidación en el electorado que atente contra la libertad del sufragio, o perturbe el orden o el libre acceso de los electores a la casilla
20.- Quienes usurpen el carácter de funcionario de casilla
Cabe señalar que estos supuestos engloban a cualquier ciudadano, ya que existen más conductas contenidas en la ley general e materia de delitos electorales que sancionan a precandidatos, candidatos, servidores públicos, organizadores de campaña y ministros de cultos religiosos.