Cómo es la reparación integral del daño
Para que se dé este concepto, deben reunirse determinadas características, entre ellas, atender las necesidades del afectado
Corporativo
La reparación integral del daño, siempre debe operar a favor de la víctima a la cual también deben dársele todas las facilidades para que pueda atender sus necesidades al 100 % con el fin de tener la afectación cubierta en su totalidad.
El derecho a una indemnización se contempla en nuestra legislación desde el Código Civil Federal (CCF); al respecto, un tribunal colegiado de circuito emitió el criterio titulado: REPARACIÓN INTEGRAL DEL DAÑO EN LOS CASOS DE INDEMNIZACIÓN. DEBE CONTENER LAS CALIFICATIVAS DE SUFICIENTE Y JUSTA, PARA QUE EL AFECTADO PUEDA ATENDER TODAS SUS NECESIDADES, difundido en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materia Constitucional, Tesis Aislada, Tesis XXVII.3o.66 C (10a.), Registro 2017315, junio de 2018, aludiendo que la indemnización no debe restringirse porque se considera que es injusta; ya que el juzgador siempre debe cuantificarla acorde con la razonabilidad y particularidades del caso de que se trate.
En este sentido, la indemnización debe ser suficiente y justa para que quién sufrió el daño pueda tener una vida digna.