El 21 de junio de 2019 entró en vigor el programa para la regularización de obligaciones antilavado por el periodo del 1o. de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018.
De acuerdo con las Disposiciones de carácter general que regulan los programas de auto regularización dadas a conocer en el DOF el 16 de abril de 2019, existen distintos términos para cumplir con todas las etapas del programa.
Por ello, se presenta la siguiente calendarización:
Regla
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Procedimiento
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Término
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Periodo
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Transitorio único
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Entrada en vigor del programa
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45 días hábiles, siguientes a la publicación en el DOF
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Del 17 de abril al 21 de junio de 2019
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Cuarta
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Presentación de la solicitud de autorización
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30 días hábiles, a partir de la vigencia del programa
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Del 21 de junio al 15 de agosto de 2019
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Cuarta
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Plazo máximo para concluir el programa
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Seis meses, a partir del día siguiente en que feneció el término de 30 días
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Del 16 de agosto del 2019 al 16 de febrero de 2020
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Sexta
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Solicitud para la condonación de multas
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20 días hábiles, a partir del día en que concluyó el plazo del programa
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Dependerá de la fecha en que cada sujeto obligado concluya su programa
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Cabe resaltar que los términos anteriormente señalados se computaron de conformidad con los días inhábiles indicados por el SAT en la regla 2.1.6 de la RMISC 2019 el 29 de abril de 2019.