Término para solicitar auto regularización antilavado

Se deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita de 2019

Me acabo de enterar del programa de regularización antilavado, pero no sé si aún estoy en tiempo para presentar mi solicitud ante el SAT 

Podrían indicarme el término



De acuerdo con el artículo transitorio único y la regla cuarta de las Disposiciones de carácter general que regulan los programas de auto regularización publicadas en el DOF el 16 de abril de 2019, el programa para el periodo del 1o. de julio de 2013 al 31 de diciembre de 2018 entró en vigor el 21 de junio de 2019 y a partir de ese fecha los sujetos obligados tendrán un plazo de 30 días hábiles para solicitar la autorización ante la autoridad.

 Así, tomando el cuenta los días inhábiles indicados por el SAT en la regla 2.1.6 de la RMISC 2019 dada a conocer en el DOF el 29 de abril de 2019, dicho lapso vencerá el 15 de agosto de 2019.

Cabe resaltar que para que sea aprobado el registro, se deberá estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de prevención e identificación de operaciones con recursos de procedencia ilícita de 2019.