¿La fianza se extingue por la muerte?

Casos en que persiste la obligación principal y accesoria

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 .  (Foto: Getty)


La fianza es una garantía por la que una persona (fiador) se compromete a pagar el adeudo de un tercero (fiado) si este no lo hace.

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Este contrato se caracteriza por ser accesorio de la obligación principal que se afianza, de tal suerte que se extingue al mismo tiempo que el deber del deudor.

Ello, lleva a pensar que si el deudor fallece la fianza termina; sin embargo, esto no es del todo cierto, ya que si se trata de obligaciones que no cesan con la muerte, de conformidad con el artículo 1281 del Código Civil Federal, su sucesión las adquiere, de modo que el deber principal y la fianza persisten.

La misma regla aplicaría en caso de fallecimiento del fiador, porque, aunque se trata de una obligación personal, al ser de carácter patrimonial no se acaba con su muerte, continuando sus herederos obligados en representación del occiso.

Este y otros aspectos sobre este contrato se abordan en la nota “Qué es la fianza” disponible en la edición 448 del 15 de septiembre de 2019 de venta en Sanborns en toda la República Mexicana y en VIPS en la CDMX y zona conurbada.