El 26 de noviembre de 2019 entró en vigor la resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito, publicada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en el DOF del 25 de noviembre de 2019.
El objeto de la modificación es precisar que las instituciones bancarias dentro de la contratación con terceros no podrán celebrar contratos de comisión mercantil con las instituciones de asistencia privada y demás sociedades o asociaciones que se dediquen al otorgamiento de préstamos con garantía prendaria, incluyendo las denominadas comúnmente "casas de empeño", salvo que formen parte del mismo consorcio o grupo empresarial al que pertenezca la institución.
De acuerdo con el documento, con esta facilidad las entidades de crédito tendrán mayor penetración de mercado, eficiencia en sus costos operativos, así como certeza y seguridad en la ejecución de sus operaciones.