Conceden suspensión contra la nueva extinción de dominio

De esta manera se impedirán los efectos y consecuencias de la normatividad relativa

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 .  (Foto: iStock)

Al resolver la queja 304/2019, el Noveno Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito otorgó la suspensión provisional para impedir los efectos y consecuencias de la Ley Nacional de Extinción de Dominio (LNED) relacionados con los requisitos de presunción de buena fe.

Hay que recordar que el procedimiento de extinción de dominio puede ejercitarse en contra de bienes de quienes no son imputados por la comisión de delito, si estos sirvieron como herramienta y su titular no notificara de estos hechos a la autoridad, salvo que presuma su “buena fe”.

En este sentido, el artículo 15 de la LNED determina una serie de elementos que deben acreditar los terceros afectados para comprobar su buena fe, tales como el pago oportuno y debido de los impuestos causados por los hechos jurídicos en los cuales se funde la buena fe.

Al respecto, el tribunal colegiado  a través de la tesis: EXTINCIÓN DE DOMINIO. PROCEDE CONCEDER LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL PARA IMPEDIR LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA LEY RELATIVA, RELACIONADOS CON LA REGULACIÓN DE LOS REQUISITOS PARA GOZAR DE "LA PRESUNCIÓN DE BUENA FE EN LA ADQUISICIÓN Y DESTINO DE BIENES", CUANDO SE RECLAME COMO NORMA AUTOAPLICATIVA, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materia Común, Tesis: I.9.o.C.59.C (10a.), Tesis Aislada, Registro: 2021283, diciembre de 2019, consideró a bien conceder la suspensión al determinar que la LNED es una norma autoaplicativa porque por el simple hecho de su entrada en vigor exige a los interesados a cumplir con los requisitos para acreditar su buena fe y no verse afectados en un procedimiento de extinción de dominio.

Cabe aclarar que el efecto de tal concesión no será evitar que al interesado se le inicie un procedimiento de extinción de dominio, sino que en caso de que se instaure no se haga la venta anticipada de los bienes aunque se inobserven los referidos requisitos de presunción de la buena fe.

Necesario avanzar en Extinción de Dominio: UIF

El titular de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), Santiago Nieto Castillo, reiteró que una de las partes medulares del combate a la corrupción es avanzar en la Extinción de Dominio.

Indicó que “los grupos delincuenciales no surgen por generación espontánea”, pues están coludidos y protegidos por funcionarios de gobierno. Por lo que es necesario tener mecanismos que logren acabar de raíz con las malas prácticas.

Aseguró que tener un control de la evolución patrimonial de los servidores públicos no sirve si no existen condiciones para asegurar esos bienes inmuebles y llevar ante la justicia a los funcionarios.

Durante el foro Alianza por la Justicia realizado por la Fundación Internacional Baltazar Garzón (FIBGAR) y el Instituto Mexicano para la Justicia (IMJUS), el funcionario debatió sobre la “prevención y el combate a la corrupción.

La declaración surge luego de que se modificó en la Cámara de Diputados la minuta que buscaba otorgar más facultades a la UIF para la extinción de dominio.

Ahora sólo podrá congelar cuentas, luego de que el pasado 6 de noviembre, el pleno legislativo cambió  la minuta enviada por el Senado en la que se le buscaban dar facultades a la UIF,  para extinguir los recursos cuando existía la presunción de delitos.

En el evento participó el doctor Baltazar Garzón y el analista Antonio Navalón


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