Cómo determinar usura en intereses mercantiles

El juzgador debe analizar cada tipo de interés

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Recientemente el poder judicial emitió una criterio en dónde establece los parámetros para el estudió de la usura tratándose de intereses mercantiles.

De acuerdo con la jurisprudencia de rubro: INTERESES ORDINARIOS Y MORATORIOS EN MATERIA MERCANTIL. DEBEN ANALIZARSE DE FORMA INDEPENDIENTE PARA DETERMINAR SI SON USURARIOS, AUN CUANDO SE GENEREN DE MANERA SIMULTÁNEA Y, POR ELLO, COEXISTAN, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materias: Constitucional y Civil, Tesis: PC.III.C. J/50 C (10a.), Jurisprudencia, Registro: 2021290, diciembre de 2019, los juzgadores para determinar la existencia de la usura deben analizar de forma independiente el interés moratorio del interés ordinario, esto es sin hacer la suma de ambos; lo anterior ya que cada uno tiene una naturaleza, causa y referente distintos.

De no observar lo anterior, se considera que el factor para determinar o no la usura evidentemente sería elevado porque en principio un interés moratorio es mucho más alto por ser una sanción el incumplimiento en el pago.