Quién puede emplear el portal de publicaciones de sociedades mercantiles

Aunque por ley los administradores son los facultados para esta labor, se permite el acceso a otros sujetos

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 .  (Foto: iStock)

El Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) es una plataforma digital a través de la cual se deben reportar todos los actos que por ley están obligadas a difundir las empresas; por ejemplo, las convocatorias, actas de asamblea, los estados financieros, etc.

Una duda recurrente acerca de este portal es si cualquier persona puede realizar las publicaciones.

Se debe recordar que conforme a los artículos 10, 158 y 166 de la Ley General de Sociedad Mercantiles, los administradores son los únicos responsables de este tipo de tareas; sin embargo, la Secretaría de Economía permite que también accedan al PSM los siguientes sujetos:

  •   representante legal
  • usuario autorizado
  • comisarios (solo para publicación de convocatorias), o
  • socios o accionistas (para el inicio del procedimiento de disolución y liquidación simplificada)

Para cada tipo de usuario el proceso de registro es distinto, pero en todos los casos los interesados deben contar con su e.firma vigente.