VIE 27/03
TDC 17.7957
MAR 10/02
INPC 144.3070
DOM 01/03
RECARGOS FEDERALES 2.07%
DOM 01/02
UMA 117.31
Solo atenderá controversias constitucionales urgentes
La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio a conocer en el DOF del 15 de abril de 2020, el Acuerdo General número 6/2020 a través del cual modificó el periodo de suspensión de labores.
Se prorroga la suspensión de la actividades de la Corte del 20 de abril al 5 de mayo de 2020, declarando todos esos días como inhábiles en los que no correrán términos.
Sin embargo, habilitó los días y las horas que resulten necesarios para que se provea sobre las controversias constitucionales urgentes en las que se solicite la suspensión.
Cabe destacar que los asuntos se resolverán a distancia mediante el uso de herramientas informáticas.