Plazo de prescripción para los contratos de seguro

Tratándose de seguros de vida, se extiende a cinco años

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 .  (Foto: iStock)

Al contratar un seguro (de vida, de auto, de gastos médicos, etc.), la aseguradora se obliga a resarcir un daño o pagar una suma de dinero al verificarse el siniestro previsto en el contrato.

Cuando la institución niega o retrasa el pago, los afectados pueden demandar su cumplimiento en juicio, pero, ¿con qué plazo cuentan?

De acuerdo con el artículo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, todas las acciones que deriven de este tipo de contrato prescriben en dos años, excepto tratándose de la cobertura de fallecimiento en los seguros de vida, donde el lapso se extiende a cinco años; y corren a partir de la fecha del acontecimiento que les dio origen.

Por último, es nulo cualquier pacto que recorte o amplíe los términos señalados.