Avisos que se deben publicar en una liquidación

Para llevar a cabo la asamblea se tiene que realizar una convocatoria y ser publicada en el PSM

Soy el liquidador de una sociedad anónima 

Qué avisos debo subir en la Secretaría de Economía



Tratándose del proceso de liquidación únicamente está obligado a publicar en el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles (PSM) el balance final que indique la parte del haber social que le corresponda a cada socio.

Al respecto, de la lectura del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM), se infiere que este balance deberá ser reportado con 15 días de anticipación a la celebración de la asamblea que lo aprobará, pues durante ese periodo los accionistas podrán analizarlo y en su caso presentar las reclamaciones respectivas ante el liquidador.

Cabe destacar que para llevar a cabo la asamblea se tiene que realizar una convocatoria y ser publicada en el PSM, salvo que a la reunión concurra el cien por ciento del capital social, según lo disponen los preceptos 186 y 188 de la LGSM.