Las reglas del etiquetado frontal son obligatorias para productos que contengan elementos críticos




El 1o. de octubre de 2020 entrarán en vigor las nuevas reglas del etiquetado frontal previstas en la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010, Especificaciones generales de etiquetado para alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados-Información comercial y sanitaria.

A partir de esta fecha, todos los alimentos y las bebidas no alcohólicas que contengan un exceso de nutrimentos críticos deberán incluir dentro de sus etiquetas o empaques distintos sellos de advertencia.

Todo lo que tienes que saber del nuevo etiquetado, como las fases de implementación, los distintos problemas relacionados con la visibilidad de las marcas o las sanciones por su incumplimiento se abordan en la nota “Aspectos relevantes del nuevo etiquetado comercial”, disponible en la edición 473 del 15 de octubre de 2020, a través de formato digital.


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 .  (Foto: IDC online)




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