¿Desde cuándo se aplica la UMA en materia antilavado?

A partir del 1o. febrero de 2016, el cálculo de los umbrales en la materia antilavado deben realizarse con base en la UMA diaria, que para este año es de $89.62

Nos acabamos de percatar que el arrendamiento de inmuebles es una actividad vulnerable si rebasa cierto umbral. Para la determinación del monto la ley antilavado señala que serán vulnerables las operaciones que rebasen las 1,605 veces el salario mínimo vigente, pero al parecer actualmente ya se aplica la UMA 

podrían decirme desde que año debo aplicar esta unidad para hacer el cálculo correspondiente



Como bien lo señala, la Ley Federal para la Prevención  e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita hace referencia a salarios mínimos, porque al momento de su entrada en vigor en julio de 2013, todavía eran utilizados como medida para la determinación de las actividades vulnerables.

No obstante, el 27 de enero de 2016, se publicó en el DOF un decreto en materia de desindexación del salario mínimo, en el que se estableció que este dejaría de funcionar como parámetro para fines ajenos a su naturaleza, para en su lugar aplicar la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En este sentido, el artículo tercero transitorio de dicho decreto prevé que a la fecha de su entrada en vigor “todas las menciones al salario mínimo como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, estatales, del Distrito Federal, así como en cualquier disposición jurídica que emane de todas las anteriores, se entenderán referidas a la UMA.”

Por este motivo, a partir del 1o. febrero de 2016, el cálculo de los umbrales en la materia antilavado deben realizarse con base en la UMA diaria, que para este año es de $89.62.