INAI advierte sobre padrón de usuarios con datos biométricos

Se debe limitar al máximo la recolección de datos biométricos, señala el instituto

.
 .  (Foto: iStock)

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) indicó que el registro de datos biométricos en el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PNUTM) para fines de identificación de la población requiere del mayor cuidado posible, porque podría representar riesgos para la protección de los datos personales.

La minuta de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en el Senado de la República, busca otorgar atribuciones al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para la instalación, operación, regulación y mantenimiento del PNUTM, con la finalidad de colaborar con las autoridades competentes en materia de seguridad pública y justicia, ante la comisión de delitos cometidos por usuarios de la telefonía móvil.

De acuerdo con la minuta aprobada, el padrón contendrá los siguientes datos:

  • número de línea de telefonía móvil
  • fecha y hora de activación de la línea telefónica móvil
  • nombre completo, denominación o razón social del usuario
  • nacionalidad
  • número de identificación oficial y Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea
  • datos biométricos del usuario (persona física) o de su representante legal (persona moral)
  • domicilio del usuario
  • datos del concesionario de telecomunicaciones
  • esquema de contratación de la línea
  • avisos de actualización de información, por lo que se considera que podrían generarse riesgos al derecho a la protección de datos personales de los titulares.

“Se advierte un riesgo potencial al permitir que el manejo de información de carácter biométrico, para fines de identificación personal, pueda ser manipulada por un número elevado de operadores de telefonía, pues se presume que serán las propias empresas las encargadas de recabar dichos datos”, señaló en un comunicado.

Aprobado

El Pleno del Senado avaló, en lo particular, la reforma para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil; que fue remitida al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales. 

Por mayoría, la Asamblea rechazó los cambios a diversos artículos del dictamen que presentaron senadoras y senadores del PAN, PRI, PT y PRD, y que buscaban, entre otros puntos, eliminar el registro de los datos biométricos de los usuarios y fortalecer la estrategia para inhabilitar dispositivos móviles dentro de penales. 

Con 56 votos a favor, 52 en contra y 7 abstenciones, la Asamblea avaló, en los términos del dictamen, los artículos 15, 176, 180 Bis, 180 Ter, 180 Quáter, 180 Quintus, 180 Sextus y 180 Séptimus. 

Así como los artículos 190, 307 Bis, 307 Ter, 307 Quáter y 307 Quintus de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y el Primero, Segundo, Tercero, Cuarto, Quinto y Sexto transitorios. 

Luego de su aprobación, el dictamen que reforma diversas disposiciones de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, fue remitida al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.