Precisan formas de adquirir la nacionalidad mexicana

Se hicieron ajustes a la constitucionales para tal efecto

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría de Gobernación dio a conocer en el DOF del 17 de mayo de 2021, el Decreto por el que se reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

El objetivo es puntualizar que también serán mexicanos por nacimiento quienes nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano, a fin de que la transmisión de la nacionalidad mexicana de origen de los connacionales que nazcan en el extranjero no se encuentre vinculada al hecho de que sus padres hubieren nacido en el territorio nacional.

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Texto modificado

Artículo 30.-Son mexicanos por nacimiento:

 

II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional

 

Artículo 30.-Son mexicanos por nacimiento:

 

II. Los que nazcan en el extranjerohijos de padres mexicanos, de madre mexicana o de padre mexicano