Socio industrial ¿permitidos en SC?

Cada socio tendrá derecho a un voto y las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente

Varios amigos queremos formar una compañía, pero algunos invertirán capital y otros trabajo. El notario nos comentó que en las sociedades anónimas esto no es posible, pero que en una sociedad civil si podrían existir estas clases de aportaciones 

es cierto



Sí, conforme al artículo 2689 del Código Civil Federal, la aportación de los socios a una sociedad civil puede consistir en una cantidad de dinero u otros bienes, o en su industria.

Cabe señalar que en los estatutos deberá establecerse la estimación en dinero del trabajo que va a desempeñar, o bien la cuota que recibirá por ellos; por ejemplo, si será por razón de honorarios o si será igual a la del socio capitalista.

Sin importar la aportación dada, cada socio tendrá derecho a un voto y las obligaciones sociales estarán garantizadas subsidiariamente por la responsabilidad ilimitada y solidaria de aquellos que ejerzan algún cargo de administración.