Responsabilidad del fiduciario

La fiduciaria es la institución encargada de realizar el fin del fideicomiso, por ello tiene ciertas obligaciones que respetar

En 2019 creamos un fideicomiso de administración inmobiliaria; no obstante, la fiduciaria no cumplió con alguno de los acuerdos determinados por el comité técnico, lo cual generó que la construcción del desarrollo inmobiliario (uno de los fines para los que se constituyo la figura) se retrasara 

podríamos exigirle responsabilidad a la fiduciaria



La fiduciaria es la institución encargada de realizar el fin del fideicomiso, por ello tiene ciertas obligaciones que respetar, tales como: 

  • realizar el fin lícito que le ha sido encomendado en virtud del fideicomiso
  • designar delegados fiduciarios, que son funcionarios escogidos especialmente para ejecutar los actos derivados del fideicomiso y a través de los cuales las instituciones desempeñan su función
  • registrar en su contabilidad o contabilidades especiales, el dinero y demás bienes y valores o derechos que se le confíen con motivo del fideicomiso, así como los incrementos o disminuciones respectivos
  • responder por las pérdidas o menoscabo que los bienes fideicomitidos sufran por culpa propia
  • formar un comité técnico, indicando las reglas para su funcionamiento y fijando sus facultades respecto del fideicomiso, y
  • rendir las cuentas que se le soliciten con motivo de las operaciones realizadas en el fideicomiso

Así, la fiduciaria responderá civilmente por los daños y perjuicios que se causen por el incumplimiento de las obligaciones asumidas a su cargo siempre y cuando dicho incumplimiento sea por su culpa y así lo determine la autoridad judicial competente. 

Además, responde por el incumplimiento personal de sus funcionarios y empleados  que intervengan en el negocio, según lo indica la tesis de rubro: INSTITUCIONES DE CRÉDITO. SON RESPONSABLES, EN SU CARÁCTER DE FIDUCIARIAS, DE LOS DAÑOS Y PERJUICIOS QUE DERIVEN DEL INCUMPLIMIENTO DE LO QUE LES CORRESPONDE REALIZAR EN TÉRMINOS DEL FIDEICOMISO, COMO LA DE SUS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN ESE TIPO DE NEGOCIOS JURÍDICOS, visible Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tribunales Colegiados de Circuito, Tesis Aislada III.1o.C.26 C (10a.), Libro 28, marzo de 2016, Tomo II, Registro 2011264, p. 1726.