Un cliente pretende adquirir cinco tipos de máquinas de carga con un valor aproximado de $800,000.00 cada una. Dos de ellas las pagará en una sola exhibición, pero quiere comprar las restantes a crédito, ante lo cual le ofrecimos un plazo de un año para liquidarlas, pero para respaldarlas le exigimos firmar un pagaré que ampare el valor de las tres máquinas
esto es correcto
Se recomienda emitir un pagaré por el monto del crédito otorgado por cada una de ellas, ya que de esta forma individualizara dichos créditos, lo cual le da una mejor posibilidad de demandar ante el incumplimiento.
Es importante destacar que aunque en la práctica el pagaré se usa como una garantía para facilitar el cobro de un crédito ante la falta de pago; la naturaleza de documento es ser una promesa incondicional de pago, es decir, una declaración de la voluntad en la que una persona se obliga a hacer efectiva una suma de dinero en una determinada fecha. En consecuencia, de no finiquitar el adeudo el comprador, usted tendrá dos opciones para requerirlo, la vía ordinaria mercantil por el incumplimiento de la compraventa a crédito, o bien, la vía ejecutiva mercantil, por la falta de pago del pagaré.