Montos máximos para recibir en pago o liquidar con estos instrumentos
El 10 de enero de 2022, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía dio a conocer los valores de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) que entrarán en vigor el 1o. de febrero de 2022. Con ello, los montos máximos para liquidar o pagar, así como aceptar la liquidación de pago, mediante el uso de monedas y billetes, en moneda nacional, divisas o metales preciosos de los actos u operaciones establecidos en el artículo 32 de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), se actualizaron en la misma medida del valor diario de la UMA equivalente a 96.22 pesos.
A continuación los nuevos importes de restricción del uso de efectivo y metales:
Actividad | UMA | M.N. |
Constitución o transmisión de derechos reales sobre bienes inmuebles | 8,025 | $ 772,165.50 |
Transmisiones de propiedad, constitución de derechos reales, prestación de servicios de blindaje o arrendamiento de inmuebles, y vehículos nuevos o usados aéreos, marítimos, o terrestres | 3,210 | 308,866.20 |
Compraventa por lote o pieza de relojes, joyería, metales preciosos, piedras preciosas y obras de arte | ||
Adquisición de boletos que permita participar en concursos, sorteos o juegos con apuestas, así como la entrega a pago de premios por haber participado en estos | ||
Transmisión de dominio o constitución de cualquier naturaleza sobre las partes sociales o acciones de personas jurídicas | ||
Adquisición de boletos que permita participar en concursos, sorteos o juegos con apuestas, así como la entrega a pago de premios por haber participado en estos | ||
Transmisión de dominio o constitución de cualquier naturaleza sobre las partes sociales o acciones de personas jurídicas |