¿Puede firmarse un contrato en representación de un ausente?

El consentimiento puede darse exclusivamente por su representante legal

Se pretende renovar un contrato de servicios, pero nos comentan que nuestro cliente lamentablemente se encuentra desaparecido

puede firmar su cónyuge en su ausencia


No, toda vez que para la suscripción de un contrato debe constar la manifestación de voluntad de las partes, pues es un requisito de existencia y ante la ausencia de alguno de los interesado, el consentimiento puede darse exclusivamente por su representante legal