Tipos de supervisión en materia antilavado

Existen dos vías para vigilar el cumplimiento de las obligaciones

IDC le extiende una cordial invitación a nuestros seminarios: Aspectos legales y fiscales de transmisión inmobiliaria y Fusión de sociedades: Aspectos fiscales y corporativos a evaluar, que se llevarán a cabo el 8 y 22 de septiembre de 2022, respectivamente. En esta liga puede consultar los temarios e inscribirse si así lo desea.

La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, impone una serie de obligaciones a quienes realicen alguna de actividades que se consideran como vulnerables de lavado de dinero.

LEE:

Para corroborar si se han cumplido con las disposiciones legales y en su caso, determinar las infracciones cometidas, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el SAT (autoridades competentes en la materia), cuentan con distintas facultades de comprobación, tales como:

  • requerir la comparecencia de cualquier persona que pueda contribuir a la verificación del cumplimiento de las obligaciones
  • imponer sanciones
  • requerir la información, documentación, datos e imágenes relacionados con actividades vulnerables y para corroborar el alta y registro, y
  • llevar a cabo visitas de verificación

Así, existen dos vías para que las autoridades comprueben el cumplimiento de las obligaciones: requerimientos y visitas de verificación. Ambas, tienen la finalidad de constatar, entre otros, los siguientes aspectos:

  • integración y resguardo de la información y documentación de los clientes o usuarios por un plazo de cinco años a partir de la fecha de la operación
  • alta de la actividad vulnerable en el portal de prevención de lavado de dinero
  • designación del responsable de cumplimiento y su aceptación
  • identificación de los clientes y usuarios
  • solicitud de información al cliente acerca de si tiene conocimiento de la existencia del dueño beneficiario y, en su caso, la documentación oficial que permita identificarlo
  • resguardo de la información y documentación de los clientes o usuarios por un plazo de cinco años a partir de la fecha de la operación
  • presentación de los avisos e informes relacionados con las actividades vulnerables, y
  • observancia de las prohibiciones de efectivo

Para conocer en qué consisten los requerimientos y las visitas, así como sus etapas y plazos, se le invita a leer la nota “Procedimientos de verificación en materia antilavado“, del boletín 516 del 31 de agosto de 2022, disponible en versión digital.